Iniciar una actividad profesional en España como trabajador autónomo requiere de una serie de gestiones para cumplir con la normativa vigente. A continuación os vamos a detallar cuáles son los pasos para ser autónomo. ¡Empezamos!
Cómo ser autónomo en España
Los pasos para ser autónomo en España son obligatorios y debes hacerlos con diferentes instituciones, por lo que es importante que los hagas todos, y en el lugar en el que corresponde. No es descabellado que, si tienes claro que deseas darte de alta como trabajador autónomo, decidas apoyarte en una gestoría o alguien de tu confianza que haya realizado estos pasos con anterioridad.
Una vez ejecutados, vas a tener la sensación de que no era tan difícil. Sin embargo, inicialmente, te sentirás un poco perdido al tener que enfrentarte a una serie de conceptos e instituciones con los que no te habrás relacionado con anterioridad, si todo tu trabajo anterior lo has desempeñado como asalariado.
Paso 1: darse de alta en Hacienda
Por norma general tendrás que presentar en tu delegación de Hacienda más cercana el modelo 037. Este modelo lo tienen en la misma delegación, y podrás rellenarlo allí mismo antes de entregarlo, pues los datos que vas a necesitar son la ubicación de tu negocio, la actividad a la que vas a dedicarte, tus datos personales y los impuestos a los que tendrás que hacer frente en función de esa actividad.
Dependiendo de la amabilidad del operario de Hacienda que te toque, te será más o menos difícil rellenarlo, puesto que en algunos puntos se pueden tener dudas. En el 99% de los casos te ayudarán a rellenarlo antes de entregar en dicha ventanilla, salvo (esperamos) escasas excepciones. Seguramente habrás oído hablar del modelo 036. Este otro modelo debe ser cumplimentado por aquellas actividades que tienen IVA especial. En uno u otro caso tienes que elegir qué epígrafe del IAE (Impuesto de Actividades Económicas) es el tuyo.
Al explicar la actividad a la que te dedicarás, el personal de Hacienda te recomendará el nombre y epígrafe para la actividad que quieres desarrollar.
Paso 2: alta en la Seguridad Social
Aquí es donde te darás del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Debes inscribirte en un plazo máximo de 30 días, después de haberte dado de alta en Hacienda. Para hacer este trámite necesitas el alta en Hacienda, así como una fotocopia del DNI. Con todo ello, deberás solicitar un modelo denominado TA0521. El punto más importante es elegir lo que pagarás de autónomo, puesto que dependiendo de la cuota que elijas tendrás unas coberturas u otras.
Lo más común, para tener cobertura en cuanto a accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y desempleo, es acogerse a esta contingencia. Pagarás algo más del mínimo (264,44 euros) pero, en esos supuestos, estarás cubierto. También tendrás que elegir la mutua aunque su selección es indiferente, y si no tienes ninguna preferencia, se te asignará cualquiera de forma automática. Ahora está muy de moda el autoempleo. Muchos servicios se pueden ofrecer desde casa con un ordenador y una conexión a Internet. Sin embargo, existe otro perfil de autónomo que requerirá de la apertura de un centro de trabajo.
Paso 3: licencia de apertura
En el Ayuntamiento deberás, por tanto, solicitar un permiso de apertura cuyo coste varía en función de la actividad y el tamaño del local. Necesitas que un técnico autorice que tu local está adecuado a la actividad que vas a realizar, por lo que deberás consultar el pliego de condiciones de tu localidad. Éstas varían según el municipio y la actividad concreta.
Paso 4: alta de un centro de trabajo
Deberás comunicar tu actividad a la Consejería de Empleo o Trabajo de la Comunidad Autónoma en la que vayas a implantarte. Darás de alta el lugar como centro de trabajo, siendo obligatorio contar en él con un Libro de Visitas, ante posibles inspecciones de Trabajo. Hay modelos prediseñados que te podrán administrar en la mencionada Consejería.
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