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▷ ¿Qué es la acción cambiaria?


En el artículo de hoy vamos a contarte todo sobre la acción cambiaria de una letra de cambio. ¿Quieres saber más? ¡Pues comenzamos!

¿En qué consiste la acción cambiaria?

La acción cambiaria de una letra de cambio es el derecho que tiene el tenedor legítimo de una letra de cambio para exigir el pago de la misma a cualquiera de los obligados cambiarios, es decir, al librado y a los avalistas y endosantes que hayan firmado la letra. Puede producirse en 3 situaciones:

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  • Cuando existe una falta de aceptación o de aceptación parcial de la letra de cambio.
  • Cuando el aceptante de la letra de cambio se declara insolvente o en estado de liquidación.
  • Por la falta de pago o pago parcial de la letra de cambio por parte del aceptante.

Para entender la última situación pongamos un ejemplo. Si Pedro concede un préstamos a Lucas, este último deberá firmar una letra de cambio como aceptante del préstamo. El plazo para que Lucas devuelva el dinero que ha recibido tiene una fecha de vencimiento. Si antes de esa fecha, Lucas no ha cumplido con su parte, Pedro podrá iniciar una acción cambiaria como motivo del incumplimiento del pago.

La acción cambiaria puede ser de dos tipos: directa  o de regreso. La primera de ellas es la que se crea en contra del aceptante o sus avalistas mientras que la acción cambiaria de regreso se ocasiona cuando se ejerce en contra del resto de obligados. En este sentido la acción cambiaria puede ejercerse tanto contra alguno de los obligados como contra todos ellos. En los casos en que solo estén involucrados algunos obligados, la acción no repercute a los demás.

¿Qué se consigue con la acción cambiaria?

En primer lugar permite reclamar el pago. La cantidad será el mismo valor que se ha estipulado en el título de la acción cambiaria. No obstante, si la acción cambiaria se ha producido por aceptación o por pago parcial, la cifra corresponderá a la parte que no ha sido aceptada o pagada. Por otro lado, se pueden reclamar los intereses moratorios ocasionados desde el día en que venció el título.

Asimismo, la acción cambiaria permite el reclamo de los gastos de cobranza, la prima y los gastos de transferencia. En el caso de que la acción cambiaria sea pedida por otra persona distinta al obligado, podrá exigir otras peticiones según lo establecido en el artículo 783 del código de comercio. Éstas pueden ser: el reembolso de lo pagado, los intereses moratorios, los gastos de cobranza y/o los gastos de transferencia.

¿Cuándo se puede interponer una acción cambiaria?

El plazo que tiene el tenedor para imponer una acción cambiaria directa contra el aceptante es de tres años a partir de la fecha de vencimiento de la letra de cambio. En caso de realizar una acción de regreso contra los endosantes o librados, el plazo de prescripción es de un año desde la fecha del protesto, desde la fecha de declaración o equivalente o desde la fecha de vencimiento de la letra “sin gastos”. Así lo especifica la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM).

Por su parte, si la acción cambiaria de regreso es ejercitada por un endosante contra los demás endosantes o contra el librador, el plazo es de seis meses desde la fecha en que este endosante hubiera reembolsado de forma voluntaria la cantidad de la letra o desde la fecha en que se le notificó la demanda interpuesta contra él. Tal y como recoge Pere Brachfield de la PMcM, en el artículo 89 de la LCCH, se recogen los casos en los que el acreedor puede interrumpir la prescripción.

Estos casos son cuando se interrumpe ante los Tribunales, por reclamación extrajudicial del acreedor o por cualquier acción que reconozca la deuda por parte del deudor. Por lo tanto, es válida la reclamación extrajudicial del acreedor pero esta reclamación deberá ser fehaciente.  

 

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