Quién no ha oído hablar del aval y lo que implica. Pues bien, en este artículo vamos a ver qué es un aval y sus características principales. ¡Empezamos!
Significado y definición de aval
Un aval es una garantía de pago. Los avales los suelen exigir los bancos a la hora de conceder un préstamo o crédito.
Un aval funciona como un contrato de afianzamiento a través del cual, una entidad confía en que un tercero va a cumplir con una obligación financiera. Cuando se solicita un aval, lo que se pretende es consolidar una garantía de que se va a cobrar. Cuando un banco solicita a una persona que pide un crédito un aval, el objetivo es asegurarse de que recibirán el dinero aún en el caso de que la persona que ha recibido el crédito no pueda hacer frente a los pagos.
Tal y como define la Real Academia Española (RAE), un aval es “la obligación que alguien adquiere de hacer aquello a lo que otra persona se ha comprometido en caso de incumplimiento”. Se trata de una definición redactada desde un plano un tan general que conviene que le demos una vuelta para situar al aval como una figura dentro del terreno financiero que es donde nos estamos moviendo nosotros.
La figura del aval que aparece con mucha asiduidad en términos financieros, es un término que está muy ligado con los contratos de préstamos e hipotecas, e incluso en algunos casos también está vinculada con los contratos de alquiler de inmuebles. Puede que te encuentres ante alguno de estos casos, por lo que te recomendamos que sigas leyendo este artículo.
Consideramos que la definición de aval que mejor se adecua al contexto en el que nos estamos moviendo es la que ha aportado el propio Banco de España. Según la entidad, se considera aval “una forma de garantizar o asegurar el cumplimiento de obligaciones económicas”. Asimismo, con el objetivo de aportar un poco más de información a la ciudadanía respecto a esta figura, el banco añade que “quien avala (el avalista) se declara dispuesto a hacer frente a los compromisos del avalado (normalmente, el pago de una determinada cantidad de dinero) frente a una tercera persona o empresa (el beneficiario del aval) en caso de que el avalado no lo haga”.
Como puedes comprobar, se trata de una definición más amplia del universo del aval. Poniéndolo en otras palabras podemos decir que el aval es un tipo de garantía personal. En este sentido, una tercera persona se compromete a asumir la deuda que tiene otra persona frente a un prestamista concreto. En caso de que dicha persona deudora no cumpla con su obligación económica frente al prestamista, será el avalista quien responda del impago.
Tipos de avales
Existen diferentes formas de clasificar a los avales, en función de diversas variables. En primer lugar, distinguimos entre el aval en sí mismo y el aval como producto:
- Aval en sí mismo. Este aval es el que exigen las entidades financieras cuando conceden un crédito. Este es el aval encargado de responder ante la entidad por las obligaciones adquiridas por el beneficiario del préstamo.
- El aval como producto. Este aval lo ofrecen los bancos y las entidades financieras. En este caso, el banco no concede un préstamo, sino que a cambio de una cantidad de dinero (una comisión), se recibe un aval para contratar un préstamo por un tercero.
También los avales se pueden distinguir en función del emisor. En este caso encontramos:
- Aval personal. Este es el aval emitido por una persona física o jurídica, quien se compromete al pago de la deuda en caso de incumplimiento del prestatario, o deudor principal. Funciona como una garantía adicional al patrimonio del deudor. Este tipo de aval es el habitual en la concesión créditos al consumo y financiación de empresas, y son avales gratuitos, es decir, que el avalista no recibe ningún importe del avalado por otorgarle el aval.
- Aval bancario. En este caso es una entidad financiera la que avala y se compromete a pagar una deuda.
En cuanto a los tipos de avales como producto financiero, diferenciamos entre:
- Aval económico. En este tipo de aval, la entidad financiera responde de un pago aplazado (ya sea un alquiler, compra, pagos a Hacienda, etc.). En estos avales se garantiza que se va a pagar algo en un futuro. El aval económico puede, a su vez, ser comercial, en caso de que el banco responde ante el incumplimiento por parte del cliente en transacciones comerciales; o también financiero, cuando el banco responde en préstamos, créditos, letras de cambio o pagarés.
- Aval Técnico. Aquí la entidad financiera responde económicamente del incumplimiento de obligaciones de naturaleza no económica. Los avales técnicos son aquellos en los que se garantiza que vamos a efectuar una obra o servicio tal y como se ha solicitado. Este tipo de avales se solicitan en casos de concursos públicos, obras, contratos de suministro, etc. En la mayor parte de estos casos, se exige un pre aval para poder participar en un concurso público.
- Créditos documentarios. Estos son avales internacionales. Suelen solicitarse en operaciones de importaciones y exportaciones. La entidad financiera se hace cargo de un pago, siempre que se cumplan las condiciones exigidas por parte del exportador. Lo habitual en estas operaciones es que sea el banco del país del importador el que intervenga.

¿Cuándo es necesario un aval?
Ahora que ya sabes en qué consiste un aval según las definiciones oficiales aportadas por las entidades mencionadas en el apartado anterior, conviene entrar en detalle sobre otro de los puntos clave para entender el funcionamiento del aval: cuándo se necesita.
El caso más frecuente es a la hora de pedir un crédito, préstamo o hipoteca a una entidad financiera.
Infografía de los tipos de avales

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